Sistema Público de Datos Históricos de Auditoría
Datos Generales Municipios
Sistema Público de Datos Históricos de Auditoría
Datos Generales Municipios
Mandato escrito para efectuar una auditoría, en el cual se asientan los fundamentos legales, objetivo, el concepto, el período a revisar, el personal comisionado; y es dirigido al titular del ente público a fiscalizar; debidamente firmado por el titular de la ASE o por quien esté autorizado por delegación o suplencia.
Es el proceso de revisar, auditar y vigilar a los entes públicos, de los tres poderes, y a los entes privados que reciben recursos públicos; verificando el uso del gasto y del ingreso de forma eficiente, eficaz y económica en apego al marco legal; así como la congruencia entre los objetivos planteados y las metas alcanzadas por estos entes.
Corresponde al número de acciones con cuantificación económica de las operaciones observadas, y que implican los presuntos daños o perjuicios a la Hacienda Pública del Estado o de los Municipios.
Corresponde a la cuantificación económica de las operaciones observadas, precisando el monto en pesos y que implican los presuntos daños o perjuicios a la Hacienda Pública del Estado o de los Municipios.
Comprende las observaciones que se propondrán como acciones de carácter preventivo, encaminadas a mejorar las prácticas de gobierno, para corregir deficiencias administrativas y debilidades de control interno, en el desarrollo de las actividades de los Poderes del Estado y Organismos Autónomos, Ayuntamientos y Sistemas Municipales de Agua Potable y Alcantarillado.
Instrumento mediante el cual se dan a conocer a las entidades fiscalizadas, las observaciones de carácter económico en las que se determine un presunto daño o perjuicio o ambos, ocasionados a la Hacienda Pública federal, estatal o municipal en cantidad líquida expresada en moneda nacional, en moneda extranjera en su caso, al patrimonio de los entes públicos. Dando a conocer el número de pliegos emitidos, su estatus procesal y las causas que los motivaron.
Cuando se presumen el incumplimiento de disposiciones normativas en el desempeño del empleo, cargo o comisión de los servidores públicos. Dar vista a los Órganos Internos de Control cuando detecte posibles responsabilidades administrativas no graves, para que continúen la investigación respectiva y, en su caso, inicien el procedimiento sancionador correspondiente en los términos de la legislación en materia de responsabilidad administrativa.
Informar a la autoridad competente sobre un posible incumplimiento de carácter fiscal detectado en el ejercicio de sus facultades de fiscalización o bien por la presunción de errores aritméticos, omisiones u otros que aparezcan en las declaraciones, solicitudes o avisos fiscales, a efecto de que lleven a cabo las acciones de su competencia. El trámite y resolución de los asuntos que se atienden mediante el ejercicio de esta acción, corresponde a la autoridad fiscal competente.
sugerencia de carácter preventivo que se formulan a la entidad fiscalizada para fortalecer sus procesos administrativos y los sistemas de control. Tiene por objeto señalar las áreas con deficiencias en cuanto a la gestión financiera, así como áreas de oportunidad en el control interno y de gestión.
Consiste en requerir a las entidades fiscalizadas que presenten información adicional que aclare o soporte los montos observados no justificados o no comprobados durante la fiscalización, con la finalidad de atender las observaciones que se hayan realizado.
Tiene por propósito mostrar información relativa a los recursos y obligaciones de la entidad pública, a una fecha determinada. Se estructura en Activos, Pasivos y Patrimonio. Los activos están ordenados de acuerdo con su disponibilidad en circulantes y no circulantes y, los pasivos, por su exigibilidad, igualmente en circulantes y no circulantes, de esta manera se revelan las restricciones a las que la entidad pública está sujeta, así como, sus riesgos financieros. Refleja la posición financiera de la entidad pública a una fecha determinada.
Se refiere al saldo remanente no utilizado al final de un ejercicio fiscal, el cual puede ser destinado para el gasto o la salida de recursos financieros. Esta disponibilidad está sujeta a las condiciones y plazos establecidos en el calendario del presupuesto de egresos aprobado, lo que implica que su uso debe ajustarse a los tiempos definidos en dicho presupuesto.
Momento contable que refleja el cobro en efectivo o cualquier otro medio de pago de los impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, financiamientos internos y externos; así como de la venta de bienes y servicios, además de participaciones, aportaciones, recursos convenidos, y otros ingresos por parte de los entes públicos.
Es el momento contable que se realiza cuando existe jurídicamente el derecho de cobro de los impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, financiamientos internos y externos; así como de la venta de bienes y servicios, además de participaciones, aportaciones, recursos convenidos, y otros ingresos por parte de los entes públicos.
Corresponde al total de recursos sujetos a fiscalización, ya sea de ingresos, egresos, estados financieros y disponibilidad presupuestal.
Se refiere a que una vez que se definen las fuentes de financiamientos seleccionadas a auditarse, se eligen los capítulos y partidas del gasto, obras, proyectos y/o acciones.
Se refiere a la selección de las instituciones o entidades que serán fiscalizadas dentro de un universo determinado.
Es el proceso establecido para garantizar el logro de objetivos y cumplimiento del marco legal y normativo, así como para resguardar los recursos del ente evitando pérdidas por desviaciones, fraude o negligencia.
Evalúa los estados financieros o la información contenida en la Cuenta Pública en su conjunto, para determinar si la información que el ente público presenta, cumple con las disposiciones legales y normativas aplicables, incluye la revisión de ingresos y/o egresos, disponibilidad y deuda pública, así como los registros contables y presupuestales.
Combina la revisión detallada de los aspectos financieros y técnicos de un proyecto o entidad. En su componente financiero, se revisan los ingresos y/o egresos, la disponibilidad de recursos, la deuda pública y la precisión de los registros contables y presupuestales, con el fin de evaluar la correcta gestión de los fondos. En el aspecto técnico, se analizan las inversiones físicas, los procesos de adquisición, la ejecución de obras públicas (incluyendo su construcción, supervisión y los gastos asociados), así como su conclusión y funcionamiento. Esta auditoría integral permite ofrecer una visión global de la eficiencia, transparencia y cumplimiento tanto en el manejo de los recursos financieros como en la correcta ejecución de los proyectos y obras, asegurando que todas las áreas estén alineadas y operen dentro de los estándares establecidos.
Se revisa que la recaudación, captación, administración, ejercicio y aplicación de recursos aprobados por el Congreso del Estado, se lleven a cabo de acuerdo a la normatividad correspondiente y que su manejo y registro financiero haya sido correcto.
Se orienta a evaluar el grado de cumplimiento de planes, programas, proyectos, atribuciones, objetivos, metas y de los principios de economía, eficiencia y eficacia de la gestión pública; así como, la implantación del Sistema de Control Interno y el grado de cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Mandato escrito para efectuar una auditoría, en el cual se asientan los fundamentos legales, objetivo, el concepto, el período a revisar, el personal comisionado; y es dirigido al titular del ente público a fiscalizar; debidamente firmado por el titular de la ASE o por quien esté autorizado por delegación o suplencia.
Es el proceso de revisar, auditar y vigilar a los entes públicos, de los tres poderes, y a los entes privados que reciben recursos públicos; verificando el uso del gasto y del ingreso de forma eficiente, eficaz y económica en apego al marco legal; así como la congruencia entre los objetivos planteados y las metas alcanzadas por estos entes.
Corresponde al número de acciones con cuantificación económica de las operaciones observadas, y que implican los presuntos daños o perjuicios a la Hacienda Pública del Estado o de los Municipios.
Corresponde a la cuantificación económica de las operaciones observadas, precisando el monto en pesos y que implican los presuntos daños o perjuicios a la Hacienda Pública del Estado o de los Municipios.
Comprende las observaciones que se propondrán como acciones de carácter preventivo, encaminadas a mejorar las prácticas de gobierno, para corregir deficiencias administrativas y debilidades de control interno, en el desarrollo de las actividades de los Poderes del Estado y Organismos Autónomos, Ayuntamientos y Sistemas Municipales de Agua Potable y Alcantarillado.
Instrumento mediante el cual se dan a conocer a las entidades fiscalizadas, las observaciones de carácter económico en las que se determine un presunto daño o perjuicio o ambos, ocasionados a la Hacienda Pública federal, estatal o municipal en cantidad líquida expresada en moneda nacional, en moneda extranjera en su caso, al patrimonio de los entes públicos. Dando a conocer el número de pliegos emitidos, su estatus procesal y las causas que los motivaron.
Cuando se presumen el incumplimiento de disposiciones normativas en el desempeño del empleo, cargo o comisión de los servidores públicos. Dar vista a los Órganos Internos de Control cuando detecte posibles responsabilidades administrativas no graves, para que continúen la investigación respectiva y, en su caso, inicien el procedimiento sancionador correspondiente en los términos de la legislación en materia de responsabilidad administrativa.
Informar a la autoridad competente sobre un posible incumplimiento de carácter fiscal detectado en el ejercicio de sus facultades de fiscalización o bien por la presunción de errores aritméticos, omisiones u otros que aparezcan en las declaraciones, solicitudes o avisos fiscales, a efecto de que lleven a cabo las acciones de su competencia. El trámite y resolución de los asuntos que se atienden mediante el ejercicio de esta acción, corresponde a la autoridad fiscal competente.
sugerencia de carácter preventivo que se formulan a la entidad fiscalizada para fortalecer sus procesos administrativos y los sistemas de control. Tiene por objeto señalar las áreas con deficiencias en cuanto a la gestión financiera, así como áreas de oportunidad en el control interno y de gestión.
Consiste en requerir a las entidades fiscalizadas que presenten información adicional que aclare o soporte los montos observados no justificados o no comprobados durante la fiscalización, con la finalidad de atender las observaciones que se hayan realizado.
Tiene por propósito mostrar información relativa a los recursos y obligaciones de la entidad pública, a una fecha determinada. Se estructura en Activos, Pasivos y Patrimonio. Los activos están ordenados de acuerdo con su disponibilidad en circulantes y no circulantes y, los pasivos, por su exigibilidad, igualmente en circulantes y no circulantes, de esta manera se revelan las restricciones a las que la entidad pública está sujeta, así como, sus riesgos financieros. Refleja la posición financiera de la entidad pública a una fecha determinada.
Se refiere al saldo remanente no utilizado al final de un ejercicio fiscal, el cual puede ser destinado para el gasto o la salida de recursos financieros. Esta disponibilidad está sujeta a las condiciones y plazos establecidos en el calendario del presupuesto de egresos aprobado, lo que implica que su uso debe ajustarse a los tiempos definidos en dicho presupuesto.
Momento contable que refleja el cobro en efectivo o cualquier otro medio de pago de los impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, financiamientos internos y externos; así como de la venta de bienes y servicios, además de participaciones, aportaciones, recursos convenidos, y otros ingresos por parte de los entes públicos.
Es el momento contable que se realiza cuando existe jurídicamente el derecho de cobro de los impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, financiamientos internos y externos; así como de la venta de bienes y servicios, además de participaciones, aportaciones, recursos convenidos, y otros ingresos por parte de los entes públicos.
Corresponde al total de recursos sujetos a fiscalización, ya sea de ingresos, egresos, estados financieros y disponibilidad presupuestal.
Se refiere a que una vez que se definen las fuentes de financiamientos seleccionadas a auditarse, se eligen los capítulos y partidas del gasto, obras, proyectos y/o acciones.
Se refiere a la selección de las instituciones o entidades que serán fiscalizadas dentro de un universo determinado.
Es el proceso establecido para garantizar el logro de objetivos y cumplimiento del marco legal y normativo, así como para resguardar los recursos del ente evitando pérdidas por desviaciones, fraude o negligencia.
Evalúa los estados financieros o la información contenida en la Cuenta Pública en su conjunto, para determinar si la información que el ente público presenta, cumple con las disposiciones legales y normativas aplicables, incluye la revisión de ingresos y/o egresos, disponibilidad y deuda pública, así como los registros contables y presupuestales.
Combina la revisión detallada de los aspectos financieros y técnicos de un proyecto o entidad. En su componente financiero, se revisan los ingresos y/o egresos, la disponibilidad de recursos, la deuda pública y la precisión de los registros contables y presupuestales, con el fin de evaluar la correcta gestión de los fondos. En el aspecto técnico, se analizan las inversiones físicas, los procesos de adquisición, la ejecución de obras públicas (incluyendo su construcción, supervisión y los gastos asociados), así como su conclusión y funcionamiento. Esta auditoría integral permite ofrecer una visión global de la eficiencia, transparencia y cumplimiento tanto en el manejo de los recursos financieros como en la correcta ejecución de los proyectos y obras, asegurando que todas las áreas estén alineadas y operen dentro de los estándares establecidos.
Se revisa que la recaudación, captación, administración, ejercicio y aplicación de recursos aprobados por el Congreso del Estado, se lleven a cabo de acuerdo a la normatividad correspondiente y que su manejo y registro financiero haya sido correcto.
Se orienta a evaluar el grado de cumplimiento de planes, programas, proyectos, atribuciones, objetivos, metas y de los principios de economía, eficiencia y eficacia de la gestión pública; así como, la implantación del Sistema de Control Interno y el grado de cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.